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En Inmobiliaria Todos los Santos nos interesa que estés informado sobre los diferentes pasos para comprar uno de nuestros departamentos y que entiendas cómo será la vida dentro de una comunidad, por este motivo te invitamos a revisar la siguiente información:

 

Proceso de Compra

Para comprar uno de nuestros departamentos debes seguir los siguientes pasos:

  • Garantía
    Desde que recibes tu propiedad cuentas con el respaldo de Posventa según lo dispuesto en la Ley de Garantías N°20.016 del ministerio de Vivienda y Urbanismo la que considera la reparación de eventuales fallas o defectos de construcción que pudieran presentarse en las viviendas conforme a las normativas vigentes y especificaciones del proyecto, en los siguientes plazos: 3 años: Desde la fecha de inscripción del inmueble a nombre del comprador, en el Conservador de Bienes Raíces respectivo si hubiesen fallas o defectos que afecten a elementos de terminaciones o de acabado de las obras tales como, cielos, pisos, puertas, revestimientos y pinturas exteriores e interiores, barnices, alfombras, cerámicos, quincallería, muebles adosados o empotrados a la construcción. 5 años: Desde la fecha de recepción final de la Municipalidad cuando se trate de fallas o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones, tales como cubiertas de techumbres, ventanas, estructuras no soportantes de muro y de cielo, bases de pavimentos, estructuras o bases de pisos, impermeabilizaciones, aislamiento térmico y acústico, o de las instalaciones eléctricas, de corrientes débiles, de calefacción, de climatización, de gas, sanitarias, redes húmedas, y secas de incendio, sistemas de evacuación de basuras, instalaciones y equipos eléctricos mayores como, ascensores, equipos de presurización, calderas colectivas y grupos electrógenos. 10 años: Desde la fecha de recepción final de la Municipalidad en el caso de fallas o defectos que afecten a la estructura soportante del inmueble tales como cimientos, sobre cimientos, fundaciones, muros soportantes, losas, vigas, cadenas, pilares, estructura de techumbres y entramados horizontales o verticales de carácter estructural.
  • ¿Qué cubre?
    La atención de Postventa cubre cualquier falla o defecto de construcción que pudieran presentarse en las viviendas conforme a las normativas vigentes, especificaciones del proyecto y plazos estipulados. Se encuentran excluidos de nuestra asistencia de Postventa los daños causados directa o indirectamente a los componentes de la propiedad por las siguientes circunstancias, entre otras: Observaciones no indicadas en el acta de la recepción de la vivienda que pudieran haberse producido con posterioridad a la entrega del inmueble. Desgaste de elementos o revestimientos provenientes del uso normal de la vivienda tales como: Alfombras, pinturas, sellos, ajuste de puertas, ajuste de llaves, rotura de vidrios, fisuras o daños superficiales con posterioridad a la recepción conforme de la propiedad. Uso inadecuado. Accidentes propios o causados por terceros que dañen la vivienda. Adecuaciones o Modificaciones en la vivienda. Empleo de materiales o productos no autorizados por el fabricante, proveedor o contravención a las instrucciones indicadas en el manual de uso de la vivienda, de los servicios técnicos autorizados, o falta del adecuado cuidado que como usuario del inmueble debe procurar. Trabajos y/o servicios de mantenimiento o reparaciones habituales en una vivienda. Mantenimiento indebido o falta de éste.

 

La Vida en Condominio

Debes tomar conciencia de que tu nueva vivienda forma parte de un Condominio y por lo tanto su uso está sujeto a lo establecido en la Ley de Copropiedad, el Reglamento de Copropiedad y las demás normas emitidas por los órganos de administración del condominio. La calidad de vida que tendrás en tu nueva vivienda dependerá directamente de respetar estas normas de convivencia.

Para tener más detalles revisa la siguiente información:

  • Garantía
    Desde que recibes tu propiedad cuentas con el respaldo de Posventa según lo dispuesto en la Ley de Garantías N°20.016 del ministerio de Vivienda y Urbanismo la que considera la reparación de eventuales fallas o defectos de construcción que pudieran presentarse en las viviendas conforme a las normativas vigentes y especificaciones del proyecto, en los siguientes plazos: 3 años: Desde la fecha de inscripción del inmueble a nombre del comprador, en el Conservador de Bienes Raíces respectivo si hubiesen fallas o defectos que afecten a elementos de terminaciones o de acabado de las obras tales como, cielos, pisos, puertas, revestimientos y pinturas exteriores e interiores, barnices, alfombras, cerámicos, quincallería, muebles adosados o empotrados a la construcción. 5 años: Desde la fecha de recepción final de la Municipalidad cuando se trate de fallas o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones, tales como cubiertas de techumbres, ventanas, estructuras no soportantes de muro y de cielo, bases de pavimentos, estructuras o bases de pisos, impermeabilizaciones, aislamiento térmico y acústico, o de las instalaciones eléctricas, de corrientes débiles, de calefacción, de climatización, de gas, sanitarias, redes húmedas, y secas de incendio, sistemas de evacuación de basuras, instalaciones y equipos eléctricos mayores como, ascensores, equipos de presurización, calderas colectivas y grupos electrógenos. 10 años: Desde la fecha de recepción final de la Municipalidad en el caso de fallas o defectos que afecten a la estructura soportante del inmueble tales como cimientos, sobre cimientos, fundaciones, muros soportantes, losas, vigas, cadenas, pilares, estructura de techumbres y entramados horizontales o verticales de carácter estructural.
  • ¿Qué cubre?
    La atención de Postventa cubre cualquier falla o defecto de construcción que pudieran presentarse en las viviendas conforme a las normativas vigentes, especificaciones del proyecto y plazos estipulados. Se encuentran excluidos de nuestra asistencia de Postventa los daños causados directa o indirectamente a los componentes de la propiedad por las siguientes circunstancias, entre otras: Observaciones no indicadas en el acta de la recepción de la vivienda que pudieran haberse producido con posterioridad a la entrega del inmueble. Desgaste de elementos o revestimientos provenientes del uso normal de la vivienda tales como: Alfombras, pinturas, sellos, ajuste de puertas, ajuste de llaves, rotura de vidrios, fisuras o daños superficiales con posterioridad a la recepción conforme de la propiedad. Uso inadecuado. Accidentes propios o causados por terceros que dañen la vivienda. Adecuaciones o Modificaciones en la vivienda. Empleo de materiales o productos no autorizados por el fabricante, proveedor o contravención a las instrucciones indicadas en el manual de uso de la vivienda, de los servicios técnicos autorizados, o falta del adecuado cuidado que como usuario del inmueble debe procurar. Trabajos y/o servicios de mantenimiento o reparaciones habituales en una vivienda. Mantenimiento indebido o falta de éste.
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